Tras la desinformación promovida por algunos impulsores del cambio de nuestra TIP por otra en la cual no figure el número del DNI y que ha sembrado el desconcierto entre gran cantidad de profesionales de Seguridad Privada, la Unidad Central se ha pronunciado en cuanto a su validez.
A través de redes sociales y foros de Internet los promotores de este cambio, que llegó a consolidarse recientemente mediante sentencia en el Tribunal Supremo, han extendido la creencia de que la TIP con las características que se recogen en la Orden INT/318/2011 de 1 de febrero sobre personal de seguridad privada, vigente desde el 18 de agosto de 2011 y revisada el 23 de octubre del mismo año, dejó de ser legal desde la promulgación de la sentencia 905/2016 de 25 de abril, conminando incluso mediante escritos diversos tanto a la Dirección General de la Policía-Unidad Central de Seguridad Privada al canje inmediato como a la Intervención General de Armas de la Guardia Civil a no admitir a los ejercicios de tiro a aquellos vigilantes que en el momento de presentarse al mismo portasen la TIP en la que figura el DNI. Por el contrario, apelando a la sensatez muchos otros sostuvieron que al igual que otros documentos oficiales al cambiar de modelo no pierden su validez.
Y una vez más los sensatos han tenido razón: la Unidad Central de Seguridad Privada, a instancias de una Unidad Territorial que había recibido consultas telefónicas en ese sentido, manifiesta que:
"La actual TIP es válida hasta el día de su caducidad, siendo legal para su identificación profesional y para efectuar las correspondientes prácticas de tiro".
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